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Crimen y castigo

En Argentina, la baja de la edad de imputabilidad es un tema que se reaviva frecuentemente. Esta vez, en el marco de un gobierno que planea impactar sobre todo el aparato institucional, no será la excepción. El pasado 8 de mayo, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, aseguró públicamente que es una discusión en agenda y se están dando deliberaciones internas antes de proponer un proyecto formal. "Se sigue debatiendo la edad, ya sea 14 años, 13 como en Uruguay, o 12 como en Brasil." 


Ahora bien ¿Es la violencia estatal una respuesta adecuada a la violencia social?


Delito de adulto, pena de adulto

La edad de imputabilidad constituye el umbral a partir del cual los adolescentes pueden ser responsabilizados penalmente y encarcelados. En Argentina, de acuerdo con el Régimen Penal de Minoridad, esta edad se fijó en los 16 años, lo que implica que los menores que no alcanzan ese límite etario no pueden ser sometidos a juicio.


La delincuencia juvenil constituye una problemática social compleja y difícil de aminorar. Sin embargo, el problema mayor radica en la falta de respuestas tendientes a resolver una cuestión estructural. Y ese vacío de políticas públicas concretas, parece ser llenado con la propuesta de bajar la edad de imputabilidad, que responde a una demanda social constante de mayor poder punitivo frente a episodios que atentan contra la seguridad personal de los ciudadanos. 


La ausencia del Estado y de organismos destinados a la protección de las infancias, trae como consecuencia la inexistencia de una red estatal que contenga a los menores de edad en situación de vulnerabilidad. La cuestión es que la variación de la edad de imputabilidad no reemplaza las falencias del sistema de justicia, del sistema educativo, ni del sistema de salud. 


En este contexto, “un delito de adulto, merece pena de adulto” surge como una de las principales premisas que permite sostener discursivamente una demanda social latente, pero ¿Qué hay detrás de esta afirmación?


El fin de la pena

Por mandato constitucional, el sentido y objetivo de la pena privativa de la libertad no debe jamás ser el castigo, sino la reinserción social o resocialización de quien ha delinquido. Pero ¿hasta qué punto es factible resocializar a un menor que ha incurrido en un delito grave, y cuáles son los factores críticos que determinan el éxito de su reintegración en la sociedad?


Es difícil que una persona que atravesó un contexto de encierro, teniendo en cuenta el estado y las condiciones de los centros de detención en nuestro país, retorne en paz y en armonía con el mundo. Si esta es la situación común de los adultos condenados por la comisión de un delito, consideremos la dificultad aún mayor en los casos de menores vinculados con la delincuencia. 


La sanción penal debe cumplir una finalidad de reinserción social ¿cuándo se justifica entonces imponer una pena privativa de libertad a un menor por cometer un delito? Si una sanción penal parece obstaculizar claramente la resocialización de un adolescente en un caso específico, se debería considerar innecesaria e inaplicable.


¿Por qué los menores de edad son inimputables en Argentina? 

Se ha entendido que en el caso de la minoría de edad, la inimputabilidad se funda en la falta de madurez mental de quien lleva adelante una conducta punible. La doctrina jurídica considera que el adolescente está en una etapa de formación y por ende carece de la madurez necesaria para comprender determinados actos. Esa evidente falta de madurez emocional en los menores de edad hace que el reproche penal dirigido hacia ellos no pueda ser equiparado al que se dirige hacia los adultos. Así, se justifica también que la pena aplicable sea de menor magnitud. 


Sumado a ello, vale destacar que los niños y adolescentes son parte del eslabón más vulnerable dentro los grupos criminales; y casi siempre que un menor se ve involucrado en una situación violenta y/o delictiva, es porque alguien con mayor autoridad -y probablemente adulto-, lo ha utilizado. 


Para determinar si una persona -en estos casos menor de edad- obró conforme a un marco de autodeterminación y autonomía, corresponde evaluar si tuvo la posibilidad real y no meramente abstracta de superar ciertos condicionamientos sociales de los que muchas veces los niños y adolescentes resultan víctimas. Sólo así se estimaría razonable la atribución de responsabilidad penal. 



El problema de la (in)seguridad

El proyecto del gobierno libertario que plantea bajar la edad de imputabilidad termina siendo, una vez más, una propuesta vacía ante un problema estructural que requiere un abordaje mucho más riguroso ¿Qué consecuencias positivas concretas traería reducir dos o tres años el límite de la punibilidad? Es intentar tapar el sol con un dedo de la mano. 


La alarma social surgida a partir de unos pocos episodios criminales graves no puede funcionar como coartada para justificar la implementación de medidas regresivas en términos de derechos humanos. Castigar más, y endurecer las penas y los criterios de aplicación de estas puede resultar tranquilizador a nivel simbólico y discursivo. No obstante, en términos reales, el poder punitivo en el largo plazo, resulta un pésimo solucionador de conflictos. De hecho, no ataca nunca sus orígenes y termina por generar efectos colaterales graves. Es que la seguridad es un problema social y no un problema penal


Cuestionar esta medida no significa que no puedan proponerse o intentarse otras vías alternativas a la pena privativa de la libertad para resolver los conflictos de esta índole. Sin embargo, es importante entender que una propuesta que realmente busque combatir la delincuencia juvenil requiere de la planificación e implementación de una política criminal de carácter integral y a largo plazo. De lo contrario, el análisis de la problemática y el proyecto a ejecutar, resulta reduccionista y superficial. 


«La ley es tela de araña,

en mi ignorancia lo explico:

no la tema el hombre rico,

nunca la tema el que mande;

pues la rompe el bicho grande

y sólo enrieda a los chicos».


Martín Fierro, José Hernández.




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