Si hay algo en que todos los argentinos coincidimos, es que el brutal ajuste que se está llevando a cabo, no lo pueden pagar los jubilados. Es notoria la pérdida del poder adquisitivo en todos los sectores de la sociedad, pero nuevamente los más vulnerables son los más castigados. Entre proyectos de ley fallidos, decretos y hasta los haberes en dos cuotas, ¿cuándo se va resolver la situación de unos de los sectores más postergados?
La semana pasada el presidente de la Nación resolvió mediante el DNU 274/24 la nueva movilidad Jubilatoria, terminando así, un mes cargado de idas y vueltas entre el oficialismo y la oposición.
Previo a este desenlace hubo varios intentos fallidos de reforma de la movilidad jubilatoria, por un lado, el proyecto de la Ley ómnibus que fue retirado del congreso en febrero y en su Capitulo V, destinado a la parte previsional estipulaba: “… los haberes se actualizarán mensualmente de acuerdo con las variaciones del nivel general de índice de precios al consumidor (IPC) publicado por el instituto nacional de estadísticas y censos (INDEC)…”
Además, esta fórmula pretendía que si bien comenzaría a regir el 1ª de abril del 2024, se le iba a sumar un 10% al cálculo, como compensación, lo que resultaría en pérdida del poder adquisitivo al bolsillo de los jubilados y pensionados.
En cambio, el proyecto que fue presentado por la oposición y el cual no pudo ser debatido dado que solo 119 diputados bajaron al recinto, 10 menos de los necesarios para formar quorum, planteaba que desde el incremento también se realizara a través del índice de precios al consumidor nacional (IPC), conforme a la inflación de febrero, más un aumento del 20.6%. Este porcentaje se asemeja mucho más a la realidad que deben afrontar los jubilados en comparación a lo planteado por el oficialismo.
Teniendo en cuenta que en el último trimestre del 2023 la inflación fue del 53%, según INDEC, con la formula actual, el aumento fue del 20.87% más un bono de $55.000.- para quienes percibían la mínima, es decir que el sector arranco el 2024 perdiendo un 32.13% de sus ingresos.
Este primer bimestre del año la inflación acumulo un 36.6% y la actualización de la movilidad que viene con la última modificación de la Ley 27.609 del 2021 la cual contempla aumentos cada trimestre vencido (marzo-junio-septiembre-diciembre), teniendo en cuenta el cálculo que se aplica tomando un 50% del aumento de recaudación de ANSES y un 50% de la variación de los salarios, este último se calcula entre el RIPTE (Remuneración Imponible para el Trabajador Estable) y el índice general de salarios del INDEC.
Es por eso que el aumento que se decretó el pasado tres de marzo desde el Ministerio de capital humano fue de un 27.18%, se le debió anexar un bono para las jubilaciones mínimas de $70.000, lo cual se fue pagando distributivamente hasta llegar al monto de $204.445,30.
Ahora bien, para entender un poco la realidad, si tenemos en cuenta que un jubilado cobra junto con el bono lo anteriormente mencionado, tenemos que entender que según cifras del INDEC, Una persona necesito $227.340.- para no caer en la pobreza, esto sin contar con el pago de alquiler y medicamentos (uno de los rubros que más ha aumentado en los últimos cuatro meses).
¿El nuevo DNU, viene a traer un poco de alivio a este sector tan postergado?
A pesar que mucho quieran hacernos creer que sí, la realidad es que no. Este decreto confuso por donde se lo mire, y con varias trabas que generaron que se modificara varias veces antes de ser publicado, trae un empalme muy poco favorable, algo que suele pasar siempre que se pasa de un sistema de movilidad a otro.
El nuevo decreto establece un aumento mensual regido por la variación del nivel general del índice de precios al consumidor nacional publicado por INDEC, Pero como este decreto comenzara a regir a partir del mes de julio, se estableció que para el mes de abril el aumento sea de un 12.5% respecto a marzo junto con un adelanto de la movilidad correspondiente al mes de julio y un bono de $70.000.-
Como si la perdida, que formula tras formula vienen soportando los casi siete millones de jubilados y pensionados, se le suma que los haberes a cobrar en abril serán pagados en dos veces. Según se pudo saber de mano del portavoz oficial de la nación Manuel Adorni, por “problemas administrativos”, según dejo dicho: “…Primero salió el Decreto de la fórmula jubilatoria y después se publicó el Decreto del bono de los $70 mil. Como estamos al cierre del mes, se acotaron los días hábiles (en alusión los feriados de Semana Santa XXL) y administrativamente (los pagos) se tienen que hacer en dos instancias diferentes…".
Esto quiere decir que los jubilados cobraran, por un lado, un primer deposito del haber de marzo en la fecha estipulada y un segundo pago (del cual todavía no hay fecha) del incremento del 27.39% más el bono de $70000.-
Teniendo en cuenta que los pagos según terminación de DNI van del 10 de abril al 23 de abril, algunos beneficiarios podrían estar cobrando la segunda parte en el mes de mayo.
¿Como llegamos a esta situación? ¿Vamos camino a la vuelta de las AFJP?
Para entender un poco este tema es menester un poco de historia, en 1994 fue sancionada la LEY 24.241 “Sistema integrado de jubilaciones y pensiones” (SIJP). El cual nuclea la contingencia de vejez, (Jubilaciones), invalidez (pensión por discapacidad) y muerte (pensión por fallecimiento), las mismas estarán bajo la órbita del Sistema Único de Seguridad Social (SUSS).
Anteriormente este sistema estaba compuesto, por un lado, el Régimen público de reparto. El cual consiste en que, el sector activo que actualmente ejerce la fuerza de trabajo, se le realiza una retención de aportes jubilatorios y con ese porcentaje se cubre al sector pasivo. Por otro el denominado régimen de capitalización o régimen mixto, se conformaba por una parte de aporte estatal y otra en la que cada trabajador era propietario de una cuenta individual, la cual estaba sectorizada y cada empleado elegía que monto le retenían de la administradora, la cual invertía ese dinero y obtenía una ganancia mensual acumulativa. Una vez jubilados se podía optar por la renta vitalicia en donde entraba en juego un tercer organismo, las aseguradoras, estas como tales asumían un riesgo, juntos hacían una ecuación, con la renta; los años; el capital adeudo invertido a la administradora que había utilizado los fondos, todo esto sumada a la expectativa de vida quedaba conformado el haber jubilatorio.
Otra opción era la de retiro programado, este permitía que el capital siga estando en poder de decisión del afiliado y si en el futuro decidía cambiar a otra AFJP lo podía realizar y mover su caja, en cambio en la vitalicia esto no se podía.
¿Por qué los jubilados argentinos no deberían volver a las AFJP?
En la historia económica de Argentina, el debate sobre el sistema de jubilaciones ha sido una cuestión candente y controvertida. A pesar de las opiniones encontradas, es crucial reconocer porqué los jubilados argentinos no deberían volver a este sistema creado en los noventa.
Durante la crisis financiera, uno de los principales factores que llevó a la eliminación de las AFJP fue su incapacidad para proteger los fondos de los jubilados de la volatilidad del mercado. La experiencia demostró que la privatización de las jubilaciones aumentaba la exposición de este sector a los riesgos financieros, lo que resultaba en pérdidas significativas para muchos de ellos.
Sobre todo con la experiencia de lo que sucedió luego del 2001, cuando el régimen de capitalización el cual estaba pecificado en sus retiros pero a su vez contaba con las inversiones en dólares con un tipo de cambio de uno a uno, cuando en el 2002 se da el salto inflacionario y el dólar se cuatriplica, todas las rentas y las jubilaciones al no contar con un índice de actualización, es decir que los jubilados que cobraban 100 pesos con el dólar uno a uno pasaron a cobrar $100 pesos, pero con el dólar a $3.48. Es por esto que comienzan un sinfín de juicios de reajustes.
Además de inestabilidad económica y riesgo financiero la desigualdad y exclusión que generaron el sistema de AFJP, el cual generó una brecha entre aquellos que podían permitirse contribuir a fondos privados y aquellos que no podían. Esto creó una división injusta entre los jubilados, exacerbando la desigualdad social y económica en Argentina. La vuelta a las AFJP podría profundizar estas disparidades, dejando a los jubilados y pensionados menos afortunados en una situación aún más precaria.
Varios países han optado por reformas que eliminan o reducen la participación del sector privado en el sistema de jubilaciones, reconociendo los riesgos y desafíos asociados con la privatización. Aprendiendo de estas experiencias, Argentina debería mantenerse firme en su compromiso con un sistema público de jubilaciones sólido y sostenible, garantizando la seguridad y el bienestar de todos sus jubilados y pensionados. Entendiendo los desafíos que el régimen público puede generar.
Modificar este sistema es crucial para la protección de unos de los sectores más vulnerables. Debemos de una vez por todas darnos un debate en donde pongamos sobre la meza un tema tan importante, establecer objetivos y establecer una movilidad que no dependa de la voluntad del gobierno de turno.
El actual decreto es completamente injusto, no solo porque se pierda un alto porcentaje de los ingresos debido a la muy mala compensación, sino que el planteamiento de un ajuste mensual por IPC opera como techo, es decir que si en un futuro la economía se recupera y uno de los dos sistemas que financia el sistema previsional que son los aportes de seguridad social y la recaudación de impuestos mejora, no se vería reflejado en las jubilaciones que solo aumentarían por inflación.
Es por eso, que uno de los debates más importantes a tratar es dejar el ajuste de IPC como base y no como techo mediante una cláusula gatillo.
En resumen, renovar el sistema previsional argentino requiere del compromiso de todos los sectores, con el arco político, comprometido a abordar los desafíos financieros, promover la equidad, garantizar la cobertura, mejore la transparencia y combatir de una manera eficiente la informalidad laboral, la cual genera uno de los principales problemas, dado que las personas que están en situación de precariedad laboral, no aportan al sistema de recaudación y luego no cuentan con los años de aportes para obtener la jubilación y deben recurrir a la moratoria (Programa que permite a quien no cumple los años de aportes, poder obtener su jubilación).
Es un proceso complejo que requiere liderazgo político, compromiso social y un enfoque de largo plazo para asegurar un sistema de pensiones sólido y sostenible para las generaciones futuras.
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