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Una nueva invasion inglesa

Actualizado: 11 mar

En agosto del año pasado, el historiador H. Fischer renunció como director del Museo Británico tras un escándalo producido por el robo de obras. Mientras la noticia circulaba en los medios, las redes sociales se inundaron de memes. Resultaba irónico que el Museo, que exhibe orgulloso obras de arte obtenidas a la fuerza de diferentes lugares del mundo (una conducta que cualquier código penal calificaría como robo), hubiera sido víctima de la sustracción ilegal de más de 2000 piezas.



No obstante, detrás de la noticia y los memes, existe un histórico reclamo de los legítimos propietarios de estas obras. Países como Egipto, Nigeria, Grecia y China han reclamado por años, y sin éxito, la devolución de su patrimonio cultural. La posición de Londrés permanece inflexible, y el Museo se levanta como un monumento al saqueo colonial.


Las consecuencias del imperialismo británico no se reducen al robo de arte a países lejanos a nuestras tierras. Un breve repaso de la historia del Río de la Plata revela la constante voluntad de Londrés de imponer su voluntad en nuestras tierras. A tal punto que la diplomacia argentina lleva 191 años ininterrumpidos reclamando de manera bilateral y multilateral el respeto de su plena soberanía en los territorios marítimos, insulares y antárticos ocupados por las fuerzas británicas. 


Un análisis inicial podría limitar a dos los mecanismos que utiliza el Reino Unido para impulsar sus intereses nacionales: las fuerzas militares y las vías diplomáticas.Sin embargo, en este mundo globalizado y a raíz de los cambios políticos políticos, jurídicos e institucionales  de los últimos años, esta perspectiva parece ser insuficiente.


Las batallas judiciales

En los últimos años, figuras antiimperialistas de América Latina han sido blanco de una modalidad persecutoria conocida como lawfare. Etimológicamente, este término anglosajón proviene de las palabras inglesas: law (ley)  y warfare (guerra), y hace referencia a una práctica mediante la cual se utiliza al poder judicial como un mecanismo político para perseguir a los enemigos políticos. 


Este accionar se profundizó en América Latina con el “giro neoliberal” de la región de mediados de la década del 2010. En nuestro país se configuró con el accionar de actores de la política nacional, que actuaron en conjunto con medios de comunicación afines y miembros del poder judicial, con el propósito de deslegitimar, perseguir y encarcelar a los responsables políticos de las políticas de emancipación nacional de principio de siglo. De esta manera, la diplomacia norteamericana sustituyó el uso de intervenciones militares para la consecución de sus intereses nacionales y empleó un sistema de alianzas con estos actores locales.


El uso de la justicia por parte por parte de los sectores antinacionales no resulta novedoso; basta con estudiar los procesos judiciales (con meros fines persecutorios y proscriptivos) iniciados contra Rosas, Yrigoyen, Perón e Isabelita para confirmarlo. No obstante, lo novedoso en este siglo fue la actuación coordinada a nivel regional y dirigida a profundizar la influencia norteamericana en la toma de decisiones de los países sudamericanos. 


Sin embargo, Estados Unidos podría no ser el único país que ha utilizado la herramienta judicial con el fin de impulsar sus intereses nacionales. El 22 de febrero de este año, se conoció que un tribunal británico condenó a Argentina al pago de 337 millones de dólares en concepto de fianza antes del próximo 5 de abril. El juez a cargo del tribunal, Stephen Phillips, declaró que no considera que el pago de la fianza genere un daño irremediable a la población argentina. 


La controversia que motivó esta decisión judicial se origina en 2013, cuando el entonces ministro de economía, Axel Kicillof, cambió el año base para calcular el crecimiento del PBI. En respuesta a esta decisión gubernamental (y podríamos decir soberana), un grupo de fondos de inversión presentó una demanda ante los tribunales de Londrés. Este grupo alegó que la rentabilidad de bonos de su propiedad, cuyo valor se encontraba vinculado al índice de crecimiento económico del país, se vio afectada. Estos fondos reclaman una suma total de 1.500 millones de dólares en concepto de daños y perjuicios por esta modificación.


Ahora bien, más allá de la controversia en cuestión, cabe preguntarse por qué un tribunal ordinario de un país extranjero puede juzgar a un país soberano como si fuese un particular. Se profundiza este cuestionamiento, cuando analizamos que el país que nos condena al pago de esta suma ocupa ilegalmente nuestro territorio e impone su decisión en base al criterio económico de sus jueces. 


El sistema jurídico internacional nacido tras la Paz de Westfalia de 1648 se sustenta en principios fundamentales, tales como la igualdad soberana de los Estados y la no intervención en asuntos internos de otros Estados.  Una interpretación estricta de estos principios llevaría a entender que lala inmunidad de jurisdicción de los países debería ser absoluta. Basada en la locución latina “par in parem non habet imperium”, ante una controversia ninguno Estado podría estar sometido a la autoridad judicial de otro ya que ambos son, en esencia, pares. Sin embargo, el siglo XX trajo consigo un nuevo rol del Estado, mucho más activo en el desarrollo de actividades comerciales, donde el Estado reemplazó al sector privado en algunas actividades, y en otras profundizó su vinculación.


Por ello la doctrina internacional desarrolló una división de actividades estatales. Por un lado, se reconoció la existencia de actos “iure imperii”, es decir, aquellos actos que el país realizaba en forma soberana por su rol de Estado, en contraposición a los actos “iure gestionis” donde el Estado actuaba como un particular. 


A partir de esta distinción se desarrolló una práctica normativa: los primeros actos estaban exentos de la autoridad de otros Estados, en ellos se mantenía la inmunidad de jurisdicción, mientras que en los segundos, los países podrían ser sometidos a tribunales ordinarios de otros Estados. Los juristas y tribunales internacionales realizaron un amplio trabajo doctrinario con el fin de distinguir los criterios utilizados para clasificar los actos de los Estados en estas categorías. 


Sin embargo, más allá de estas teorías, lo relevante es la existencia de un sistema internacional que permite que los Estados sean sometidos a los tribunales ordinarios de otros en situaciones específicas. Recurso que se expresa por la necesidad jurídica de proteger a los individuos que celebran contratos civiles, comerciales y laborales con Estados extranjeros.


Un movimiento de pinzas

Esta decisión del tribunal de Londrés, entonces, parecía entonces gozar del resguardo jurídico conforme el ordenamiento internacional. Sin embargo, sería inocente entender al derecho en forma aislada de la política, por lo que es indispensable entender en qué contexto se encuentra la relación bilateral argentina-británica.


La cuestión Malvinas estuvo presente en el último proceso electoral, de manera bastante marcada. Por primera vez desde 1982, el segundo candidato más votado en la primera vuelta hizo una reivindicación expresa a Margaret Thatcher. La banalización de sus crímenes contra el pueblo argentino llegó al punto de equiparar la controversia territorial con una rivalidad deportiva, como la de la selección de fútbol argentina con Mbappé. 


Por su parte, tras el ballotage, la Canciller Mondino se reunió con su contraparte británica, y, como conclusión, informó a la prensa que realizaría un cambio de estrategia en esta controversia. Es decir, dejará de negarle “todo a Gran Bretaña como en ocasiones anteriores”. Por un lado, repudió el accionar firme del país en esta materia durante las gestiones peronistas del Siglo XXI, mientras reciclaba la posición de la Canciller Malcorra durante el macrismo.


No parece accidental el reciclaje malcorrista considerando que fue el enfoque que llevó a la firma del “Pacto Foradori-Duncan”, negociado entre tragos en la embajada británica en Buenos Aires. Este acuerdo, denunciado por Argentina durante la gestión frentetodista fue una clara victoria de la diplomacia británica. Tras su firma, el Foreign Office se aseguró que la Argentina gobernada por Macri se comprometa a eliminar los obstáculos (definidos en Londrés) para el desarrollo de la zona. En definitiva, constituyó una herramienta que profundizó la dominación colonial de la zona, permitiendo a los británicos mayor libertad en términos de comercio, navegación y explotación de recursos naturales


En esta línea discursiva, mientras los británicos declararon en forma unilateral e ilegítima el aumento de 166 mil km2 de la zona de exclusión pesquera en las Islas Georgias y Sándwich del Sur, la canciller parecía más enfocada en discutir con la diputada Natalia Zaracho por Twitter o festejar los despidos anunciados por el Presidente en Télam. Es decir, una nueva victoria de la diplomacia británica.


En este escenario, no debería sorprendernos que el fallo del tribunal inglés pase desapercibido, aunque sus efectos tengan un importante impacto en nuestra realidad. Argentina enfrenta actualmente serias limitaciones a su independencia económica y a las posibilidades de desarrollo tras el sometimiento al Fondo Monetario Internacional acordado por el macrismo mediante la toma de deuda más grande en la historia del organismo multilateral. 

Este acuerdo, con claros tintes políticos, se configuró como otro mecanismo utilizado por el Departamento de Estado norteamericano, junto al lawfare, para influenciar la política nacional. No sorprende que la penalidad económica impuesta por un tribunal inglés, aunque el juez Phillips afirme lo contrario, sólo profundice la situación crítica de la economía argentina e impide que nuestro país asuma una posición firme ante los avances de la diplomacia británica. De esta forma, el aparato judicial funciona en el mismo sentido que el diplomático, actuando como un movimiento de pinza que fortalece la posición británica en el Cono Sur y la Antártida. 


Volver a Santiago de Liniers

Ante esta situación, Argentina debe recuperar el espíritu de Santiago de Liniers al liderar la Reconquista de Buenos y hacer frente a esta nueva “invasión inglesa”. El desarrollo de este proceso, ya no se reduce a lo militar como en 1806, sino que es considerablemente más complejo. Mientras la diplomacia británica influye en nuestras decisiones cooperando con actores nacionales, sus tribunales nos imponen penalidades económicas Esta complejidad aumenta al comprender que este accionar conjunto también involucra actores como empresas y Organizaciones No Gubernamentales transnacionales. En otras palabras, ya no es suficiente expulsar al invasor con aceite hirviendo.


Una de las mayores complejidades de esta nueva “Reconquista” radica en lograr la unidad de los argentinos para este fin. Es necesario lograr grandes acuerdos, no sólo interpartidarios, sino también con todos los actores de la sociedad civil. De esta forma, se podrá limitar el accionar de aquellos que actúan como promotores de los intereses británicos. Un repaso de los últimos 30 años demuestra que, mientras algunos gobiernos promovieron la recuperación plena de nuestra soberanía, otros delegaron la cuestión funcionarios que preferían regalar ositos de peluche, reunirse a tomar alcohol en las oficinas de la embajada británica, o subir fotos de reuniones a Twitter, mientras avalaban el accionar británico.


La recuperación del espíritu de Liniers no sería suficiente sin recordar las palabras del General Perón: “El año 2000 nos encontrará unidos o dominados”. El giro neoliberal de la región nos colocó más cercano al segundo escenario: Macri, Bolsonaro, y sus aliados lograron desandar el camino avanzado en la integración regional y debilitaron el posicionamiento de los países de la región ante el accionar imperialista de las potencias. 


Ante esta situación, cabe preguntarse los pasos a seguir. En principio, no basta sólo con incumplir o denunciar el fallo judicial, impugnar el acuerdo con el FMI, o continuar con los reclamos bilaterales y multilaterales por nuestra soberanía, debemos promover un nuevo marco jurídico internacional cuyo objetivo sea la emancipación y autodeterminación de los pueblos sometidos al yugo colonialista. Para ello debemos poner el foco en identificar, promover y defender a ultranza el interés nacional, y sobre él desarrollar nuestra diplomacia.


Este camino no es fácil, pero es indispensable transitarlo, pues ya nos lo advirtió Eva Perón: “Nuestra patria dejará de ser colonia, o la bandera flameará sobre sus ruinas"




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